La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC), organismo que tiene la potestad de garantizar la libre competencia y regular todos los mercados y sectores productivos de la economía española con el fin de proteger a sus consumidores, ha emitido un expediente sancionador contra seis empresas especializadas en turrón por posibles prácticas anticompetitivas.

Delaviuda Alimentación, Sanchís Mira, Almendra y Miel, Turrones Picó, Enrique Garrigós Monerris y Turrones José Garrigós son las seis sociedades anónimas que supuestamente, y según la CNMC, habrían puesto en marcha conductas desleales cuyo ejercicio está prohibido por la Ley 15/2007 de 3 de julio de Defensa de la Competencia (LDC).

Según señala este organismo competente en un comunicado, “se han observado indicios racionales de la existencia de conductas prohibidas, razón por la que se ha incoado expediente sancionador contra estas empresas por posibles prácticas anticompetitivas consistentes en la fijación de precios, de forma directa o indirecta, o de otras condiciones comerciales y de servicio, así como el intercambio de información comercialmente sensible en el mercado español, prohibidas en el artículo 1 de la LDC”.

Inspecciones

La CNMC también hace referencia en su comunicado a los motivos que han motivado la emisión de este expediente sancionador contra seis de las enseñas especializadas en turrón y productos navideños más relevantes del panorama nacional. Según el organismo, tras recibir la información de posibles conductas desleales y anticompetitivas en el suministro de turrón por parte de los fabricantes, se comenzó un proceso de información reservada con el objetivo de esclarecer si concurrían realmente o no circunstancias que justificasen una incoación de expediente sancionador.

Así, los días 5 y 6 de noviembre del pasado año 2013 se inspeccionaron, bajo la orden de la CNMC, las sedes de Almendra y Miel, Delaviuda Alimentación, Sanchís Mira, Enrique Garrigós Monerris y Turrones Picó. Finalmente, el organismo concluyó que existían razones para pensar que estas cinco empresas, junto a Turrones José Garrigós, podrían estar ejerciendo conductas prohibidas por la ley, y que por tanto había que emitir contra ellas un expediente sancionador.

Infracción muy grave

El ejercicio de este tipo de conductas desleales en el mercado se enmarca dentro de lo que se considera infracción muy grave, razón por la que podría suponer una multa de hasta el 10% del volumen de negocio total de las entidades que supuestamente han infringido la ley. Esta multa se aplicaría sobre las cifras del ejercicio inmediatamente anterior al de su imposición.

Tal y como señala la propia CNMC, “se inicia a partir de ahora un periodo máximo de 18 meses para la instrucción del expediente y para su resolución, sin que la incoación de este expediente prejuzgue el resultado final de la investigación”.

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