La Comisión Europea ya ha puesto en marcha el segundo plan de control de ADN. Con esta iniciativa se determinará si los alimentos cárnicos que se etiquetan como vacuno en la Unión Europea contienen carne de caballo,si en el análisis supera el 1% de este tipo de producto se puede considerar que se trata de una muestra positiva y se realizará una sanción correspondiente por no haber declarado la carne de caballo presente en el producto alimentario.

Con estos resultados los productos con carne de vacuno podrán contener casi un 1% de carne de caballo sin que sea necesario indicarlo en el etiquetado. El plazo para ejecutar el control de ADN se mantendrá hasta el próximo 16 de junio y se deberá informar a la Comisión Europea los resultados obtenidos y las medidas que cada país haya adoptado.

En la resolución europea que se publicó el 29 de marzo en el Diario Oficial de la Unión Europea (DOUE), se ha establecido que Italia, Alemania, Francia, Polonia, Reino Unido y España analicen unas 150 muestras de producto para verificar su contenido en carne de caballo. Otros países como Bajos, Austria, Bélgica, Hungría, Grecia, Rumanía, Portugal, República Checa, Suecia, Bulgaria y Austria tendrán que analizar 100 muestras. Eslovenia, Irlanda, Malta, Luxemburgo, Estonia y Chipre sólo deberán realizar 10 muestreos.

Muestra representativas

Las muestras tienen que ser representativas de los productos de cada Estado miembro y tiene que abarcar una variedad de ellos. Las inspecciones se realizarán en los comercios al por menor, no obstante también se podrán ampliar a otros establecimientos más grandes como los almacenes.

Tras los análisis se establecerán como muestra positiva aquellas que cuenten con un contenido de carne de caballo en un producto etiquetado como vacuno igual o mayor al 1%. Por lo que se puede establecer que los productos de vacuno podrán contener casi un 1% de caballo sin que sea necesario identificarlo en el etiquetado.

Se ha decidido aplicar un reglamento similar al contenido de materias primas transgénicas en un alimento, cabe destacar que no existe obligación de informar a los consumidores cuando un producto alimentario no tiene más de un 0,9% de materia prima transgénica.

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