El Consejo de Ministros ha aprobado oficialmente el Real Decreto de Envases y Residuos de Envases. Este pretende reducir las botellas de plástico de un solo uso en un 20% en 2030 respecto a 2022. Además, promueve la venta a granel de las frutas y hortalizas enteras y permite a los clientes llevar consigo envases propios.

El Ministerio para la Transición Ecológica ha transmitido que se ha hecho una revisión de la normativa española, más alineada con los objetivos de la UE. Un marco normativo que facilitará el avance de las iniciativas de economía circular. Al mismo tiempo, permitirá cumplir los objetivos de reciclaje para 2025 y 2030.

Prevención y reducción de residuos de envases

La versión final del Real Decreto introduce un amplio conjunto de medidas destinadas a la reducción de residuos. De este modo, se establecen objetivos nacionales con una finalidad orientadora, no aplicados de forma sectorial ni a un determinado tipo concreto de producto envasado.

Los objetivos cuantificables de reducción de la Ley de Residuos y Suelos Contaminados para una Economía Circular se corresponden con los establecidos para este flujo de envases, al pretender reducir las botellas de plástico de un solo uso en un 20% respecto a los niveles de 2022 antes de 2030.

Venta a granel de frutas y hortalizas con excepciones

Los minoristas de alimentación deberán tomar medidas para disponer a granel las frutas y verduras frescas que se vendan enteras.

Esta norma no aplicará ni será de obligado cumplimiento en los siguientes casos:

  • Si las frutas y hortalizas envasadas son en cantidades iguales o superiores a 1,5 kilogramos.
  • En caso de que las frutas y hortalizas sean una variedad protegida o registrada.
  • Cuando las frutas y hortalizas posean una indicación de calidad diferenciada.
  • En el momento que las frutas y hortalizas procedan de agricultura ecológica.
  • Siempre que las frutas y hortalizas sean susceptibles de merma o deterioro en la venta a granel.

En el plazo de seis meses desde la publicación de este Real Decreto, el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación (en colaboración con la Agencia Española de Seguridad Alimentaria y Nutrición), junto con el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, determinarán cuáles serán exactamente.

Una vez que esta lista se haga pública, las tiendas dispondrán de un periodo de seis meses para adaptar sus ventas de frutas y hortalizas que no se ajusten a estos criterios.

Para estimular la venta de alimentos a granel, sobre todo cuando el envase no aporta ningún valor al producto, los minoristas con un espacio de venta de 400 metros cuadrados o más, destinarán al menos el 20% de su superficie a productos sin envase primario. Esto incluye la venta a granel o la utilización de envases reutilizables.

Envases del propio usuario

Los comercios que suministran alimentos y bebidas a granel deben aceptar el uso de envases reutilizables propiedad de los consumidores. En todo caso, el mantenimiento y limpieza de los mismos correrá a cargo de los compradores.

El comerciante se reserva el derecho de rechazar cualquier recipiente que parezca visiblemente sucio o no apto para su uso, y no será responsable de los problemas de seguridad alimentaria derivados de su utilización.

Promoción de marcado y reciclado

Además, el Real Decreto establece el objetivo de incorporar los porcentajes recomendados de plástico reciclado en los envases para 2025 y 2030. Además, esto será de obligado cumplimiento para las botellas de plástico de un solo uso.

Por otra parte, esta legislación estipula las obligaciones de marcado que deben cumplirse a partir del 1 de enero de 2025. A pesar de que queda a criterio del fabricante la simbología del marcado, la norma prohíbe específicamente usar la frase «respetuoso con el medioambiente» o cualquiera similar que pueda incitar a su abandono en el entorno.

Responsabilidad ampliada del productor

El sistema de Responsabilidad Ampliada del Productor (RAP) introduce nuevas obligaciones para los productores que comercializan envases comerciales e industriales, que hasta ahora quedaban fuera del ámbito de aplicación de la Ley de Envases y Residuos de Envases.

Además, serán necesarios múltiples cambios en los actuales Sistemas Colectivos de Responsabilidad Ampliada del Productor (SCRAP) de envases domésticos.

Si varios productores son responsables de cumplir las obligaciones, sus contribuciones deben calcularse adecuadamente según el tipo de envase. Los productores recibirán entonces bonificaciones económicas si su producto cumple determinados criterios y penalizaciones si no los cumple.

Los SCRAP de envases domésticos no sólo financiarán los costes de gestión asociados a los envases recogidos selectivamente, sino también los procedentes de los residuos recuperados en las fracciones residuales, las partes inorgánicas de los sistemas húmedo-seco y las tareas de limpieza de las vías públicas, parques, zonas recreativas y playas.

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